Ciudad de México, 14 nov (EFE).- La polémica reforma electoral que propone el presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, desató multitudinarias protestas en decenas de ciudades en las que los opositores denuncian que está en riesgo la autonomía del órgano electoral que organiza las elecciones.
Estas son las claves de la reforma que López Obrador presentó en abril pasado para modificar 18 artículos de la Constitución y que ahora discute el Congreso, donde podría darse la transformación más trascendental de las elecciones en México desde la década de 1990.
SUSTITUCIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
La propuesta más controvertida es crear el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) para sustituir al Instituto Nacional Electoral (INE), un órgano electoral autónomo que surgió en 1990, entonces como Instituto Federal Electoral (IFE), para quitarle al Gobierno el control de las elecciones.
Aunque el INEC será autónomo en el papel, el órgano perderá la atribución de conformar el padrón electoral.
ELECCIONES CENTRALIZADAS
Además, la iniciativa eliminaría los organismos públicos locales electorales (OPLE), que de forma autónoma organizan las elecciones locales en cada uno de los 32 estados, lo que implica que el INEC centralizaría todos los comicios y consultas.
Mientras que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) asumiría las funciones que ahora tienen los Tribunal Electorales Estatales (TEE), que también desaparecerían.
CONSEJEROS Y JUECES ELECTORALES POR VOTO POPULAR
Otro de los puntos más polémicos es que los ciudadanos ahora elegirán por voto popular a los magistrados del TEPJF y a los consejeros del INE, cuyo número se reduciría de los 11 miembros actuales a siete.
Por ahora, la Cámara de Diputados elige a los consejeros y el Senado a los jueces electorales.
Pero la reforma pretende que el presidente, el Poder Legislativo y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hagan una lista de 60 candidatos para el INE y de 30 para el TEPJF de la que resultarán electos quienes tengan más votos de la población.
REDUCCIÓN DE DIPUTADOS Y SENADORES
Asimismo, la nueva legislación eliminaría 200 diputados, con lo que la Cámara Baja pasaría de 500 a solo 300, además de quitar a 32 senadores, con lo que el Senado tendría solo 96 frente a los actuales 128.
Aunque el presidente había prometido remover la figura de legisladores plurinominales, electos por representación proporcional, su reforma transformaría los distritos electorales para que los ciudadanos voten por una lista regional hecha por los partidos en lugar de elegir a los candidatos de forma directa.
Con esta modificación “se partidiza el sistema representativo al romper el vínculo entre legislador y elector” y “se eliminan las diferencias de la representatividad” entre la Cámara de Diputados y la de Senadores, alerta un informe de la consultora Integralia.
También se reduciría el número de diputados en los congresos estatales y de regidores en los ayuntamientos.
DECRECE EL PRESUPUESTO PARA PARTIDOS
El presupuesto público que reciben los partidos se reduciría en un monto aún no definido y se limitaría a los años en los que hay elecciones, si prospera la iniciativa.
Cuando no haya comicios, las organizaciones políticas deberán subsistir con donativos de sus simpatizantes.
Al presentar su iniciativa, López Obrador argumentó que la eliminación de legisladores y del financiamiento dejará ahorros por más de 20.000 millones de pesos (1.000 millones de dólares).
REDEFINICIÓN DE PROPAGANDA
La nueva normativa redefiniría el concepto de propaganda gubernamental para que funcionarios del Gobierno puedan pronunciarse durante las campañas, algo que ahora está prohibido por las vedas electorales.
En tanto, se reduce a 30 minutos diarios el tiempo que la radio y la televisión están obligados a ceder para propaganda política.
VOTO ELECTRÓNICO Y CONSULTAS PÚBLICAS
La legislación también implementará el voto electrónico, algo que no ocurre en México, salvo en algunas pruebas pilotos en algunos municipios.
Además, reduciría de un 40 % a un 33 % la proporción de votantes del padrón electoral nacional para que los resultados de una consulta popular se consideren vinculantes.